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Quienes arriben al país deben declarar domicilio de aislamiento obligatorio

Ministerio de Salud Pública Noticias de Salta Emergencia Sanitaria 11/04/2020 09:30

El formulario de la declaración jurada puede completarse en el sitio web del Gobierno de Salta. También allí está disponible la Declaración Jurada de Circulación.

Quienes arriben al país deben declarar domicilio de aislamiento obligatorio

Quienes arriben al país deben declarar domicilio de aislamiento obligatorio

El Ministerio de Salud Pública recuerda a la población que está vigente la obligación de cumplir el aislamiento domiciliario obligatorio establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del Poder Ejecutivo Nacional, emitido el 12 de marzo, para personas que arriben al país, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.

Dichas personas deben completar la Declaración Jurada de Cumplimiento de Aislamiento Obligatorio, que se encuentra en el sitio web oficial del Gobierno de Salta http://www.salta.gov.ar/

El formulario está disponible en el inicio de la página (HOME). Allí se deben completar los campos con los datos personales del declarante, domicilio donde cumplirá el aislamiento, y las fechas de inicio y finalización del mismo. Una vez completados todos los datos requeridos, se debe guardar el formulario.

El falseamiento, ocultamiento o la omisión de datos, dará lugar a la aplicación de sanciones establecidas por el Comité Operativo de Emergencia provincial en la Resolución 8/20 y con arreglo a las disposiciones del Código Penal Argentino.

El artículo 7 del DNU N° 260 establece, en el inciso d), el aislamiento obligatorio durante 14 días o el tiempo que dispongan las autoridades, de:

“Quienes arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”

Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.

Declaración Jurada de Circulación

También en el inicio (HOME) del sitio web http://www.salta.gov.ar/ está disponible la Declaración Jurada de Circulación, para personas exceptuadas del aislamiento social obligatorio por razones laborales u otras comprendidas en las medidas del Gobierno nacional.

Este formulario requiere los datos personales del empleador, datos de la empresa y del personal dependiente o prestador de servicios con descripción de tareas, más los del vehículo de traslado. Al final del formulario hay un botón amarillo para generar la Declaración Jurada.


Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación

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