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Protocolo para la asistencia de público en los deportes federados y/o profesionales

Gobernación Noticias de Salta Comité de Emergencia 26/08/2021 01:30

Se habilita un 30% de la capacidad total de los espacios disponibles en cada sector para la permanencia del público (barandas, bancos, alambrados, etc.), la capacidad total habilitada no podrá exceder el máximo de mil personas. Solo podrán acceder personas vacunadas contra la COVID-19.

Protocolo para la asistencia de público en los deportes federados y/o profesionales

Imagen ilustrativa

El Comité Operativo de Emergencias autorizó la presencia de público en los deportes federados y/o profesionales, mediante la Resolución Nº25, la cual establece:  

I) ACLARACIONES PRELIMINARES Y OBLIGACIONES COMUNES:

A.    Los clubes y/o instituciones que organizan, serán los responsables de cumplir, comunicar, señalizar y hacer cumplir las normativas vigentes, y las pautas que a continuación se mencionan. Así también deberán tomar toda otra medida y acción conducente a mantener el orden y el distanciamiento.

B.    Desinfectar las instalaciones antes, durante y después de cada evento.

C. Se deberá establecer un sentido único de circulación, con apoyo de señalética visual, para cumplimentar el distanciamiento mínimo sugerido a      los asistentes en el ingreso y egreso.

D. En todos los estadios, donde se lleven a cabo los eventos se aplicará la sectorización conforme a lo siguiente:

ZONA 1 O DE COMPETICIÓN: está compuesta por el campo de juego y vestuarios, a la cual podrán ingresar los jugadores, cuerpos técnico utileros, árbitros, personal médico y alcanza pelotas, reporteros gráficos hasta un máximo de cuatro y medio de prensa televisivo hasta un máximo de dos. No podrán ingresar personas no autorizadas o del público en general

ZONA 2 O DE TRIBUNAS: ingresa público autorizado, medios de prensa y dirigentes de ambos clubes debidamente acreditados, como así dirigentes de las asociaciones que correspondan.

ZONA 3 O PERIFERIA DEL ESTADIO: será de tránsito del público hacia el estadio evitando aglomeraciones o permanencia de público o hinchada.

E.    SOBRE EL  TRANSPORTE:

Se recomienda a los clubes hacer campañas públicas, invitando a los espectadores a viajar de manera responsable al estadio.

II) CAPACIDADES

1.    AUTORIZADAS PARA DISCIPLINAS DEPORTIVAS PROFESIONALES

Se habilitará un 30% de la capacidad total de los espacios  disponibles en cada sector para la permanencia del público, la capacidad total habilitada no podrá exceder el máximo de dos mil personas.

2.    AUTORIZADAS PARA DISCIPLINAS DEPORTIVAS FEDERADAS LOCALES

Se habilitará un 30% de la capacidad total de los espacios  disponibles en cada sector para la permanencia del público (barandas, bancos, alambrados, etc.), la capacidad total habilitada no podrá exceder el máximo de mil personas.

III) DESARROLLO DE LOS EVENTOS DEPORTIVOS

  1. VENTA DE ENTRADAS

A.   Informar previamente a la población los requisitos para asistir al evento: DNI, carnet de vacunación en aplicación Mi Argentina (esquema completo vacuna Covid 19, en caso excepcional haber recibido al menos una dosis 14 días previos para mayores de 18 años).

B.   Respetar normas de aforo y/o máximo de personas permitidas.

C.   Priorizar y favorecer la venta virtual y/o anticipada de entradas, en casos excepcionales, puede realizarse  en el lugar del evento debiendo ofrecer al menos dos bocas de expendio. Organizar venta y retiro de entradas por sectores y /o diferentes clubes.

D.   Uso CORRECTO de barbijo en todo momento.

2.  INGRESOS

A.    El Club organizador, deberá asumir la responsabilidad del control de: uso obligatorio de barbijo o tapaboca, carnet o aplicación que acredite al menos una dosis de vacunación (con fecha de al menos 14 días antes) con las vacunas homologadas para la República Argentina.

 B.    En ningún caso se permitirá el ingreso de personas que presenten algún síntoma compatible a Covid 19.

C. Se deberá disponer de ingresos totalmente diferenciados y señalizados para cada sector y/o tribuna.

D. En caso de ingreso de menores solo se permitirá con el acompañamiento de un mayor responsable del mismo.

3. DURANTE EL EVENTO

A. Designar responsable sanitario, el mismo deberá supervisar el cumplimiento en todo momento las presentes directivas, el nombre del responsable debe ser informado a la liga, asociación y/o club según corresponda.

B. De ser posible según infraestructura, favorecer la circulación en sentido único de las personas.

C.   Uso correcto de barbijos durante todo el evento.

D.   Puestos de higiene de manos al ingreso, y en diferentes puntos según capacidad del estadio, priorizando cerca de sanitarios y de puestos de expendio de comidas y/o bebidas.

E.   Personal designado exclusivamente para realizar higiene permanente de baños, los mismos deben permanecer ventilados y en buenas condiciones durante todo el evento.

F.    Favorecer la permanencia de las personas en diferentes ambientes, habilitando la mayor cantidad de tribunas disponibles, para evitar aglomeración de las personas.

G.   Se prohíbe el uso de banderas.

H.   Controlar ingreso y egreso por sectores.

I.      Bares y/o bocas de venta de bebidas y alimentos deben realizarlo según protocolo gastronómico vigente, bajo la modalidad expendio de las mismas, evitando la permanencia de personas en dichos lugares.

J.    El distanciamiento en las tribunas debe ser de 2 mt.  en todo momento y los espectadores deben permanecer en todo momento en el lugar asignado, mientras dure el evento.

K. El organizador del evento debe disponer de un monitoreo permanente del cumplimiento de las presentes normativas, y retirar a las personas que lo incumplan.

4)   EVACUACIÓN

A.    Se deberá realizar en orden y por sectores, manteniendo el distanciamiento y con uso de barbijo o tapaboca en TODO momento.

B. No se permitirán aglomeraciones durante la salida del público.

 5)     AGREGADOS:

·       Planilla de Control.

·       Lista de Clubes o Asociaciones Federadas y/o Profesionales a cargo de COCS.

 Planilla de control. Deberá ser confeccionada por el Responsable Sanitario designado y exhibida ante el requerimiento de la autoridad pública que lo solicite.


Fuente: Secretaria de Prensa y Comunicación

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