Personal del Registro Civil se capacita sobre el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 23/07/2015 11:40El organismo se prepara para trabajar desde el 1 de agosto con ese nuevo conjunto de normas. Introducirá modificaciones en el estado civil y capacidad de las personas, con impacto directo en la tarea registral.
Personal de todas las oficinas del Registro Civil se capacitarán hoy y mañana sobre la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que comenzará a regir en agosto con modificaciones de relevancia del estado civil y capacidad de las personas, con impacto directo en la tarea registral. El organismo se prepara para comenzar a trabajar con ese nuevo conjunto de normas.
El secretario de Gobierno, Santiago Godoy (h), destacó la labor de los empleados del organismo y la atención que brindan a los ciudadanos en la provincia. En la apertura de las jornadas, hizo mención a que el nuevo Código parte del principio de igualdad de la mujer y el hombre y el reconocimiento a la multiculturalidad, entre otros cambios. “Esta es la reforma principal para el Registro Civil”, marcó.
Las jornadas se desarrollarán hasta mañana en el salón auditorio de Belgrano 1.349, por lo que la atención al público se retomará el lunes. Los empleados asistirán a charlas de la directora del Registro Civil, Mónica Antacle, y de Gabriela Cardón, Inés Casei, María Isabel Virgili Rodríguez y Teresa Ocaña, sobre el conjunto de normas legales que regularán desde el 1 de mes próximo las relaciones, derechos y obligaciones en el país.
El nuevo Código Civil y Comercial, aprobado por la ley 26994, entiende que el respeto a los derechos humanos es lo que garantizará los demás derechos constitucionales, civiles y comerciales. “Salta es pionera en la organización del Registro Civil ya que otras provincias sólo han logrado desarrollar bosquejos. Seremos ejemplo nacional ante el Consejo Federal por esta actitud de innovación”, indicó Godoy (h).
El secretario general de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN), Gustavo Soto, hizo mención a la importancia de la capacitación porque repercutirá directamente en el buen servicio que se brinda diariamente a los ciudadanos de toda la provincia. Antacle destacó, por su parte, los cambios provocados por la ley de Matrimonio Igualitario y la ley de Identidad de Género: “Hemos sabido enfrentar el impacto”, dijo la funcionaria al mencionar esos ejemplos.
“Este es otro cambio y sé que cuento con la responsabilidad y seriedad de todos ustedes”, dijo Antacle a los más de 250 trabajadores que asisten a las jornadas.
Algunos puntos
· En especial en el derecho de familia, este nuevo Código introduce distintos modelos de familia, basados en principios como el de no discriminación, igualdad jurídica, sociedad multicultural y autonomía de la voluntad, entre otros.
· Reformula además la capacidad de las personas, reconociendo la capacidad progresiva de niños y adolescentes, de acuerdo a su edad y grado de madurez, a la vez que establece la posibilidad de restringir excepcionalmente la capacidad de las personas para determinadas funciones y actos, estableciendo un sistema de apoyos.
· Con relación al matrimonio se destaca la posibilidad de los progenitores de autorizar a sus hijos a celebrar matrimonio entre los 16 y 18 años. En el matrimonio de mayores de edad, la inclusión en el acta de matrimonio de las convenciones matrimoniales y del régimen patrimonial elegido por los contrayentes como la anotación marginal de su cambio.
· Se incorpora el instituto de las uniones convivenciales, creándose libros especiales para las parejas que cumplan con los rasgos definitorios y requisitos previstos por el Código. La registración de la unión convivencial es a los fines probatorios, así como de los pactos de convivencia que puedan establecer las partes.
· En materia de filiación se reconocen tres fuentes: por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida y por adopción. En cuanto al reconocimiento se establece la notificación a la madre y al hijo o su representante legal del reconocimiento efectuado para posibilitar así ejercer todos los actos que del mismo se derivan.
· Sobre el nombre de las personas, puede destacarse la flexibilización de las reglas para su elección; las modificaciones son sustanciales para los apellidos: los hijos matrimoniales llevarán el de alguno de los cónyuges o se determinará por sorteo si no se ponen de acuerdo. Igual sistema regirá para los hijos extramatrimoniales reconocidos al inscribir el nacimiento. Si la determinación de la segunda filiación sucede posteriormente, los progenitores deberán acordar el orden del apellido y a falta de acuerdo, dispondrá el juez.
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Fuente: Gobierno de Salta