Bienvenidos al micrositio de la Secretaría de Prensa y Comunicación


Noticias, Partes de Prensa, Discursos, Agenda, Fotos y Videos del Gobierno de la Provincia de Salta.

Buscar

Mediaciones penales en el interior, a partir de junio

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 15/05/2012 06:52

El 6 de junio entra en vigencia la reforma en el Distrito Judicial del Centro que comprende Salta Capital, Valle de Lerma, Valle Calchaquí, Valle de Siancas y San Antonio de los Cobres.

Mediaciones penales en el interior, a partir de junio

La Ministra María Inés Diez durante la reunión realizada con mediadores comunitarios

La ministra de Justicia, María Inés Diez, recibió a los mediadores comunitarios de los Valles de Lerma y Siancas y de San Antonio de los Cobres con quienes analizó la próxima entrada en vigencia de la reforma del Código Procesal Penal de la Provincia que incorpora la mediación en el nuevo proceso penal.

Diez destacó la incorporación de la mediación en el nuevo proceso penal recordando que será el fiscal quien podrá, de oficio o a petición de partes, someter el conflicto a mediación, dando intervención a un mediador, tanto para la solución del conflicto como para el control posterior del cumplimiento del acuerdo y en ese sentido dijo, la colaboración del Ministerio de Justicia a través de los Mediadores Comunitarios será fundamental, particularmente en aquellos lugares donde el Ministerio Público no tiene representantes.

La ministra recordó que el 6 de junio entra en vigencia la reforma en el Distrito Judicial del Centro que comprende Salta Capital, Valle de Lerma, Valle Calchaquí, Valle de Siancas y San Antonio de los Cobres y luego a partir de un año y medio más, entrará en vigencia en el resto de la provincia.

La titular de la cartera de Justicia señaló que la mediación penal no procederá cuando se trate de delitos sancionados con pena de prisión de más de seis años o cuando esté involucrado un funcionario público como sujeto activo o que sean cometidos en perjuicio de la administración pública.

Tampoco se podrá someter a mediación cuando la víctima fuera menor de edad, con excepción de las previstas en orden a las leyes 13944 y 24270 o cuando se trate de delitos contra la vida; contra la integridad sexual o contra los poderes públicos y el orden constitucional.
 

 


Fuente: Secretaría de Comunicación

Avisos de Interés