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Los servicios de agua, luz, gas y telefonía fija no podrán suspenderse en días inhábiles

Gobernación Noticias de Salta 26/10/2012 09:49

A fin de proteger a los usuarios de los cortes en días feriados o su víspera, el Poder Ejecutivo promulgó la ley 7737. Las Secretarías de Servicios Públicos, y de Defensa del Consumidor y el ENRESP realizarán los controles.

Los servicios de agua, luz, gas y telefonía fija no podrán suspenderse en días inhábiles

Edesa.

El Poder Ejecutivo Provincial promulgó la ley 7737, mediante el Decreto Nº 3171; la norma protege a los usuarios de cortes de servicios por falta de pago en días inhábiles o en su víspera. Por ello desde la Secretaría de Servicios Públicos, el Ente Regulador de Servicios Públicos y la Secretaría de Defensa del Consumidor, ejecutarán un control intensivo para hacer cumplir la norma.


Con la nueva ley, se evitará el perjuicio que implica para el consumidor tener el servicio suspendido de agua, luz, gas y telefonía fija domiciliaria hasta efectuar el pago en el horario hábil de las oficinas de las empresas de servicios.

La ley 7737 dispone en su art. 1: “Todas aquellas empresas que brindan servicios públicos, en el ámbito de la provincia de Salta, se abstendrán de realizar cortes o suspensiones en sus correspondientes suministros por falta de pago, en días inhábil o en su víspera.”


Fuente: Secretaría de Comunicación

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