Las personas con discapacidad tienen derecho al más alto nivel posible de salud
Ministerio de Salud Pública Noticias de Salta Salud 02/12/2021 14:31La discapacidad puede ser física, sensorial, intelectual o psíquica y a largo plazo. En interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar la participación plena y efectiva de la persona en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.
El 3 de diciembre es el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, efeméride proclamada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 1992, con la finalidad de promover la reflexión sobre cuestiones de discapacidad y llamar la atención sobre los beneficios de una sociedad inclusiva y accesible para todos.
En este marco, se recuerda que en el año 2006 la Asamblea General de la ONU aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Dicho instrumento trajo importantes consecuencias, como la visibilidad de estas personas dentro del sistema de protección de derechos humanos de la ONU, la asunción del fenómeno de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos y contar con una herramienta jurídica vinculante a la hora de hacer valer los derechos de estas personas.
En el año 2008, mediante la Ley Nº 26.378, la Nación Argentina aprobó esta Convención, que en su artículo 1º establece que el propósito de la misma es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.
Asimismo, establece que se considera personas con discapacidad a “aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo” a quienes, diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
En el artículo 25º, reconoce que “las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, sin discriminación por motivos de discapacidad”.
La Organización Mundial de la Salud define la discapacidad como “un fenómeno complejo, que refleja una relación estrecha y al límite entre las características del ser humano y las características del entorno donde vive”.
Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y autónoma, con quien quieran y donde quieran, y a disfrutar de los mismos espacios que cualquier otra persona.
Expresión correcta
La Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA), expresa que “al referirnos a una persona en particular, lo correcto es llamarla por su nombre, como a cualquier otro individuo. En caso de que debamos referirnos a la discapacidad, la expresión correcta es la de persona con discapacidad”.
Esta expresión proviene del modelo social que pone en primer lugar a la persona y dice que ella tiene discapacidad, lo cual es una característica de la persona, entre muchas otras. Desde esta visión, la discapacidad queda definida por la relación de la persona con las barreras que le pone el entorno.
Se debe hablar primero de la persona y luego de la discapacidad específica que presente:
- Persona con discapacidad auditiva
- Persona con discapacidad motora
- Persona con discapacidad visual
- Persona con discapacidad psicosocial
- Persona con discapacidad intelectual
Por otra parte, se debe evitar el uso de diminutivos, como cieguito, sordito u otros, que denotan una disminución en la valoración de la persona.
Clasificación
En mayo del año 2001, los 191 países que integran la Organización Mundial de la Salud aprobaron la Clasificación Internacional del Funcionamiento (CIF) de la discapacidad y de la salud, que establece los siguientes tipos de discapacidad:
- Física o motora: por falta de una parte del cuerpo, que impide a la persona desenvolverse de la manera convencional.
- Sensorial: pérdida de la capacidad visual o auditiva, que ocasiona problemas al momento de comunicarse o utilizar el lenguaje.
- Intelectual: presenta una serie de limitaciones en las habilidades diarias que una persona aprende y le sirven para responder a distintas situaciones. Es irreversible y complica el aprendizaje, la comprensión y la comunicación.
- Psíquica: está directamente relacionada con el comportamiento del individuo, que presenta trastornos en el comportamiento adaptativo. Causas probables: depresión mayor, esquizofrenia, bipolaridad, trastornos de pánico, trastorno esquizomorfo, síndrome orgánico, autismo y síndrome de Asperger.
Certificado único de Discapacidad
El Estado nacional otorga un Certificado Único de Discapacidad (CUD), que le permite a su titular acceder a derechos y prestaciones previstas en la legislación nacional sobre personas con discapacidad.
Es un documento público, válido en todo el país, que se tramita en forma voluntaria y gratuita. Para su otorgamiento, se realiza una evaluación de la persona mediante una junta interdisciplinaria.
En Salta, el trámite se efectúa ante la Secretaría de Discapacidad, ubicada en Jujuy 402. En el interior provincial, en las áreas sociales de los municipios o de los hospitales.
Beneficios
La legislación vigente reconoce los siguientes beneficios a las personas con discapacidad:
Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que la persona requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
Transporte: traslado gratuito en el transporte público terrestre.
Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.
Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). Deben tramitarse ante cada autoridad de aplicación.
Símbolo internacional de acceso: para libre estacionamiento en lugares permitidos.
Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación