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Firma de electrodomésticos deberá resarcir económicamente a un consumidor

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 15/10/2012 08:46

El expediente se inició en el organismo con la denuncia de un consumidor que había comprado un equipo celular, el cual en tres ocasiones ingresó al service y en dos meses no se le brindaron soluciones.

Firma de electrodomésticos deberá resarcir económicamente a un consumidor

Sanción a una firma de electrodomésticos.

La Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno aplicó una multa por $3.000 a la firma Frávega por no respetar la garantía y no otorgar servicio técnico adecuado. Además deberá resarcir a un consumidor con $500 por haberle infringido un daño directo.


El expediente se inició en el organismo con la denuncia de un consumidor que había comprado un equipo celular que por desperfectos ingresó al service autorizado en tres ocasiones, en un término de dos meses, sin que se le brinde soluciones en ninguna ocasión. 


Las fallas del equipo le impedían enviar mensajes de texto, efectuar llamadas y encender el aparato. Tras las recurrencias de los desperfectos, el damnificado efectuó la denuncia en la Secretaría que llamó a las partes para las instancias de conciliación.



Sin embargo, la firma denunciada efectuó un descargo, pero el documento de venta no tenía todos los requisitos solicitados por ley. Por esto, el organismo otorgó un plazo de 5 días para que presente el original del documento de venta y certificado de garantía que se le otorgó al consumidor, trámite que finalmente no cumplimentó.



Los letrados de la Secretaría entendieron que estas omisiones adquieren gran relevancia ya que el reclamo del consumidor se centró en la garantía del producto, información que la firma no exhibió.



De esta manera se incurrió en infracciones a los artículos 10, 11 y 12 de la ley 24.240 de Defensa al Consumidor, donde se especifica que en el documento de venta se deben especificar las características de la garantía conforme a lo establecido en esta ley, debiéndose redactar tantos ejemplares como partes integren la relación contractual. Igualmente se prescribe que un ejemplar original debe ser entregado al consumidor.



También se indica que los productos adquiridos gozarán de garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, la cual tendrá vigencia por 3 meses cuando se trate de bienes y 6 meses en los demás casos.

Cabe destacar que los fabricantes, importadores y vendedores deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.
 


Fuente: Secretaría de Comunicación

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