Feriados del 17 y 20 de junio: cómo deben cobrar los trabajadores esos días
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta Trabajo 14/06/2022 12:48Ambos revisten el carácter de feriado nacional, por lo tanto, los empleados que presten servicio deberán percibir, indefectiblemente, su remuneración diaria más una cantidad igual.
Durante los feriados nacionales del 17 y 20 de junio, el trabajador no está obligado a prestar servicio. Si lo hace, deberá percibir la remuneración diaria más una cantidad igual por ser una fecha especial. Así lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.
En este sentido, el secretario de Trabajo, Alfredo Batule, destacó la importancia de que las y los empleados tengan conocimiento respecto a cómo deben cobrar en los feriados de carácter nacional. "Las trabajadoras y los trabajadores que presten servicio tienen que percibir, indefectiblemente, el monto adicional previsto por ley, es decir, su remuneración diaria más una cantidad igual”, remarcó.
“Esta semana, tenemos los feriados nacionales del 17 y 20 de junio. El primero, en homenaje a la memoria del Gral. Martín Miguel de Güemes; luego, se aproxima el del 20, para conmemorar el Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano”, manifestó el funcionario provincial, y agregó que “para ambas fechas deben cumplirse las disposiciones antes mencionadas; si esto no ocurre, se pueden comunicar con el organismo para radicar su denuncia y/o formular su consulta”.
Los canales virtuales y telefónicos continúan activos para asesoramiento y reclamos. El mail secretariadetrabajosalta@gmail.com y los números 4318451 y 4218426 están a disposición de todos los salteños de lunes a viernes de 8.15 a 13.45 y los martes y jueves de 14.30 a 18.30.
Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación