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El Ministerio de Ambiente continúa los controles de pesca

Gobernación Noticias de Salta 17/01/2011 20:52

Personal del Programa de Biodiversidad del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable realizó nuevos controles en el río Juramento, con el objetivo de dar cumplimiento a los períodos de veda vigentes en la provincia.

El Ministerio de Ambiente continúa los controles de pesca

La comisión se efectuó del 11 al 14 de enero, recorriendo los diques de ríos de la provincia.

La comisión se efectuó del 11 al 14 de enero, recorriendo el dique Cabra Corral, río Piedras, El Galpón, El Tunal, Joaquín V. González, Gaona, Quebrachal, Miraflores, El Tunal, Balbuena, Chorroarín, Coronel Olleros, Tani, San Ignacio, El Pantanillo y Murallón del dique El Tunal. 
 
La acción de contralor dio por resultado la confección de seis actas de inspección, el secuestro de tres cañas, cuatro reels, tres redes tipo pollera y el decomiso de quince ejemplares de sábalo y dos de bagre. Durante el procedimiento también se liberó cuatro ejemplares vivos de boga y dos de sábalo.
 
La norma infringida es el artículo 50 inciso a),b), c) d) del decreto Reglamentario  Nº 120 de la ley Provincial Nº 5513.
 
El Ministerio de Ambiente recuerda que actualmente se encuentra vedada la pesca en:
-         Dique El Tunal del 22 de noviembre de 2010, al 23 de febrero de 2011.
 
-         Río Juramento y sus afluentes, Río Medina y sus afluentes; del 13 de diciembre de 2010 al 09 de marzo de 2011.
 
-         Ríos Dorado, Del Valle, Seco y sus afluentes, del 15 de noviembre de 2010, al 02 de febrero de 2011.
 
-         Ríos Lipeo, Bermejo y sus afluentes, Pescado, Pilcomayo y sus afluentes; la pesca está prohibida del 08 de noviembre de 2010 al 09 de febrero de 2011.
 
Otros ríos: del 01 de noviembre de 2010, al 02 de febrero de 2011.
 
En cuanto a los diques de la provincia, se recuerda a la comunidad que se encuentra permitida la pesca en:
 
-                  Cabra Corral, del 25 de noviembre de 2010 al 27 de febrero de 2011.
-                  Las Lomitas y Campo Alegre; enero y febrero de 2011.
 
La Ley 5513 define a la pesca deportiva como el arte lícito y recreativo de capturar y extraer animales acuáticos, sin fines de lucro. Es regulada anualmente mediante una Resolución Ministerial. Actualmente está en vigencia la Resolución 063/10, en la que se fijan los artes de pesca permitidos, las especies, cantidad y largo total que se pueden extraer, también se determinan las zonas de reserva (donde no se puede pescar), las zonas y épocas de veda.
 
Para la realización de esta actividad debe obtenerse un Carnet Anual de Pesca o Permisos semanales o diarios que se puede adquirir en la Tesorería del Ministerio, Balcarce 388 o en los comercios y municipios habilitados por convenio con el Ministerio, este Registro está regulado por la Res 071/02.
 
La Resolución 023/10 fija los precios de las licencias de pesca deportiva.
 
PESCA DE SUBSISTENCIA: está regulada en el marco del inciso b del artículo 83 de la Ley 7070 que exime de las prohibiciones previstas sobre especies y vedas a los pueblos originarios de las zonas para los cuales la pesca es una práctica de subsistencia, mientras esta no atente a la sustentabilidad de las especies, según especifica el decreto reglamentario. La figura de esta modalidad de pesca está reglamentada por la Res 162/09 y en la actualidad se ha regulado la actividad para la Asociación de Pescadores Indígenas del Rio Bermejo (APIRB) de Embarcación, para pescadores del Consejo de Organizaciones Wichí (COW) también de Embarcación y para los Pescadores de la Comunidad Indígena de El Galpón “Samuel Canalejas”.
 
GUIAS DE PESCA: el Ministerio habilita a personas a realizar la actividad de acompañamiento y adiestramiento en artes de pesca, de acuerdo a la reglamentación vigente en los distintos ambientes de la Provincia. Esta figura fue creada mediante Resolución 875/05 y el Registro mediante Res 155/06.

Fuente: Secretaría de Prensa

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