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Desde el lunes se sancionará a feriantes y comercios que no cumplan con la ley 7700

Ministerio de Economía y Servicios Públicos Noticias de Salta 15/03/2012 07:53

La Dirección General de Rentas recorrió más de 50 ferias en distintos municipios para dar a conocer a los feriantes y comercios la normativa.

Desde el lunes se sancionará a feriantes y comercios que no cumplan con la ley 7700

Operativo de Rentas de la Provincia.

El Gobierno de la Provincia a través de la Dirección General de Rentas, aplicará desde el próximo lunes 19, la ley 7700 que regula esa actividad comercial, e impondrá multas a feriantes y comercios que no hayan cumplido con las notificaciones legales efectuadas por el organismo. Las sanciones irán desde la clausura del predio o puesto hasta el decomiso de la mercadería que se comercializa.

El director General de Rentas, Diego Dorigato explicó que “desde que se publicó la Ley 7700, la entidad realizó una campaña donde dio a conocer a los feriantes y comercios la normativa aplicable y se invitó a los involucrados a iniciar los trámites para regularizar su situación. A partir de ahora, se comenzará a sancionar a aquellos que fueron notificados y que no cumplan con la normativa”.



El funcionario también expresó que la Dirección General de Rentas visitó más de 50 ferias donde se concentran alrededor de 800 feriantes, todos ellos distribuidos en los municipios de Salta Capital, Campo Santo, Cerrillos, La Merced, El Carril, General Güemes, Joaquín V. González, Las Lajitas, Metán y Rosario de la Frontera.



Dorigato explicó que la Ley 7.700, dispone una serie de requisitos que debe cumplimentar el predio ferial y el comerciante que se instale en el lugar.

En relación con los Complejos Comerciales, deben presentar las inscripciones impositivas a nivel nacional, provincial y municipal; habilitación municipal; cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, protección y respeto a la discapacidad; aptitud socio ambiental; servicio de agua potable; baños para el público; iluminación y provisión de energía eléctrica; servicio de emergencias médicas; sistema de prevención de incendios y catástrofes y seguridad para feriantes y para el público; contratos o pólizas de seguros contra incendios y de responsabilidad civil por daños a terceros; individualización del inmueble donde funciona el Complejo; datos del administrador; planos del complejo indicando cantidad y ubicación de locales o puestos; declaración Jurada de actividad a realizar; contratos de locación, instrumentos de designación del administrador

En tanto, los feriantes o puestos; deberán cumplir con la habilitación municipal; inscripciones impositivas a nivel nacional, provincial y municipal; contrato de locación, comodato u otro que habilite al uso de inmueble; copia de la habilitación o certificación de funcionamiento del CCNC o predio ferial; declaración jurada de la actividad que realiza e indicación de la mercadería, productos o servicios a comercializar.



Objetivo de Ley 7700

La Ley tiene por objetivo otorgar un marco de seguridad para las personas que operan en esos complejos y para los ciudadanos que las visitan, además de propugnar un marco de igualdad de oportunidades para todos los actores involucrados.



Es sabido que en ese tipo de complejos comerciales la actividad es informal y esto va en detrimento de las mismas personas que allí trabaja, pues no acceden a jubilaciones, obras sociales, no tienen empleo registrado, carecen de cobertura ante riesgos de trabajo, no pueden solicitar créditos, y todas las cuestiones que la economía informal acarrea.



Por ello se pretende acompañarlos en el proceso de regularización y reconversión de la actividad. Todos aquellos que tengan intenciones de cumplimentar con la ley, serán asistidos desde la Dirección para lograr el objetivo.


Fuente: Secretaría de Comunicación

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