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A partir del 1 de enero será obligatoria la mediación previa para todas las cuestiones de competencia del fuero de familia. De esta manera, todo ciudadano que deba iniciar un trámite judicial tendrá que acreditar el cumplimiento de la mediación extrajudicial. Así lo informó la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, especificando que el proceso de mediación es una alternativa que significa un beneficio social y económico para los salteños. 

Desde la Secretaría se especificó que la medida abarca a todas las cuestiones que no estén expresamente excluidas por la  ley provincial de Medicación Nº 7324. Para el caso de las personas de escasos recursos que deban recurrir a esta instancia, están disponibles los Centros Comunitarios de Mediación que funcionan en todos los municipios provinciales. Los que puedan abonar honorarios del mediador extrajudicial pueden concurrir a cualquiera de los centros habilitados y registrados por la Dirección General de Mediación. 

Con relación a las cuestiones excluidas, se aclaró que alcanza a los procesos penales por delito, contravención o falta con excepción de acciones civiles derivadas del delito; los asuntos de divorcio vincular, separación personal y nulidad del matrimonio; los asuntos derivados del ejercicio de la patria potestad, adopción o estado filial; las medidas cautelares y autosatisfactivas; los procesos de ejecución y los de trámite sumarísimo.

Se incluye además los procesos sucesorios, con excepción de los conflictos de carácter patrimonial que se suscitaren; los de competencia en lo contencioso  administrativo y del trabajo; los que estuvieron en juego normas de orden público o que se tratare de derechos indisponibles para las partes.  

Se recordó que en Capital los Centros Comunitarios de Mediación funcionan en los barrios Santa Cecilia (Martín Fierro y Dienzo), Asunción (manzana 22), Constitución (Manuel Estrada s/n), Unión (manzana 357 – lote 1) y en el Tribuno (Complejo Polideportivo).

 


Fuente: Secretaría de Prensa

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