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Defensa del Consumidor multó a una financiera por cobrar una deuda inexistente

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias Breves 06/08/2013 06:52

Se trata de la firma Crédito Automático S.A quien fue multada por 8000 pesos por cobros de una deuda a un consumidor que nunca adquirió los servicios financieros facturados.

Defensa del Consumidor multó a una financiera por cobrar una deuda inexistente

Santiago Godoy, secretario de Defensa del Consumidor

La secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno, a cargo de Santiago Godoy (h), multó a la firma Crédito Automático por cobrar a un usuario servicios financieros que nunca fueron contratados.

El expediente se inició en el organismo  con la denuncia de un consumidor que a pesar de no haber contratado los servicios financieros que otorga Crédito Automático recibía insistentes llamados y cartas de intimación de aviso de cobro pre judicial, informándole la existencia de una deuda impaga.

El usuario al desconocer la procedencia de la deuda de 3.220 pesos, solicitó a la empresa financiera información pero ésta se negó a brindarle detalles del resumen cuestionado.

Ante esa situación, realizó la denuncia en Defensa del Consumidor, en la que luego de celebrarse la audiencia de conciliación, la financiera reconoce no tener detalles/resumen de las actuaciones reclamadas, y le otorga al consumidor la constancia de la baja y cancelación de la deuda.

Asimismo, el consumidor solicita la sanción a la firma por los daños que le ocasiono las intimaciones que recibía por línea telefonía, al domicilio laboral y a través de carta documento, en donde le hacía saber que en caso de no cancelar la deuda en un plazo de diez días, se procedía al inicio de ejecución sobre bienes o sueldos.

El secretario de Defensa del Consumidor, Santiago Godoy (h) explicó que se aplicó la multa de 8 mil pesos a la firma comercial, por infracción a los artículos 4 y 8 bis de la ley 24.240; que refieren al trato indigno y el deber de información.

Además explicó que,  “las intimaciones extrajudiciales es uno de los reclamos más frecuentes en relación al cobro de deudas desconocidas por los consumidores. En todos los casos, “el consumidor tiene derecho a solicitar información clara, cierta y detallada respecto de la deuda que intenta cobrarse”.

El cobro de la misma, “debe ser reclamado respetando su dignidad, brindando toda la información necesaria para poder determinar la legitimidad de la misma y no desplegar ninguna conducta de cobranza que acose, intimide, humille o avergüence a la persona”, finalizó el funcionario. 


Fuente: Secretaría de Comunicación

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