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Defensa del Consumidor detectó infracciones en playas de estacionamiento

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 05/09/2012 12:40

Las playas infractoras fueron Su Playa, Estacionamiento Buenos Aires y Playa Alto Balcarce quienes infringieron la normativa vigente en la facturación.

Defensa del Consumidor detectó infracciones en playas de estacionamiento

Detectaron infracciones en playas de la Capital

La Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno labró actas de infracción a tres playas de estacionamiento, por incumplir la ley provincial 7464 de facturación de guarderías de vehículos. Las playas infractoras fueron Su Playa, Estacionamiento Buenos Aires y Playa Alto Balcarce.

Las guarderías infringieron la normativa vigente en la facturación, que establece que pasada la primera hora, el tiempo adicional debe computarse en fracciones de 15 minutos y en cada fracción de tiempo adicional no podrá facturarse un monto mayor al 25% de la tarifa a percibir por 1 hora de estadía en el lugar.

Las playas tampoco contaban con información suficiente para el consumidor, notándose ausencia de cartelería donde se brinde información. También se carecía de reloj tarifero.

La Secretaría de Defensa del Consumidor realiza relevamientos sistemáticos en las playas de estacionamientos y guarderías, con el objetivo de resguardar los derechos de los usuarios y evitar situaciones de abusos de las empresas.

El organismo emitió la resolución 2538 que ordena a las guarderías y playas de estacionamiento a colocar carteles que informen clara, visible y detalladamente la forma de facturación.

Establece, asimismo que los propietarios o explotadores de guarderías y playas de estacionamiento, deben contratar un seguro integral que otorgue cobertura suficiente respecto de los vehículos bajo su custodia.

Es importante que los usuarios conserven el ticket o la factura que acredite la permanencia del vehículo en el garaje. Si la guarda es por horas, debe figurar la fecha y la hora de inicio en el ticket y si es por todo el día, el boleto debe decir “estadía”. En caso de tener algún problema con su vehículo, la factura será el comprobante imprescindible para iniciar el reclamo.


Se recordó que en caso de pérdida del ticket o talón de estacionamiento por parte del usuario del servicio, el propietario del estacionamiento está obligado a consultar sus registros para determinar de manera fehaciente la titularidad del mismo, como así también el tiempo transcurrido desde el comienzo del uso del servicio, a los efectos de hacer efectivo el cobro por tal concepto, no pudiendo obligar al usuario a abonar una suma mayor.


Fuente: Secretaría de Comunicación

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