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INSCRIPCION REGISTRO DE MEDIADORES EXTRAJUDICIALES (art. 29 y 36 Ley 7324).

La Secretaria de Justicia convoca a los profesionales mediadores a INSCRIBIRSE en el REGISTRO DE MEDIADORES desde el día 24 de Agosto y hasta el 11 de Septiembre inclusive en el horario de 09:00 a 13:00 en la sede de la misma, sita en calle Santiago del Estero Nº 2291, 1º Piso, Ciudad de Salta.

REQUISITOS: Deberán acreditar y acompañar el cumplimiento de los siguientes requisitos conforme art. 29 Ley 7324:

1)Copia Certificada de Titulo Universitario de carrera de Grado
2)Constancia de matriculación vigente en el Colegio o Consejo profesional respectivo con indicación de la fecha de inscripción en los mismos.
3)Constancia del Tribunal Disciplinario del Colegio o Consejo profesional al que pertenece que acredite  que no se encuentra inhabilitado para ejercer su profesión.
4)Constancia Certificada que acredite el cumplimiento de las instancias de capacitación en Mediación –nivel básico- que exige el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, extendida por entidades capacitadoras habilitadas por dicho Ministerio.
5)Curriculum cuyo formulario se encuentra a disposición de los interesados en el link descarga que se encuentra debajo.  
6) Foto 4x4

INSCRIPCION REGISTRO DE CENTROS DE MEDIACION 

PRIVADOS y/o INSTITUCIONALES (art. 22 y 36 Ley 7324).

La Secretaria de Justicia convoca a los profesionales mediadores interesados en  INSCRIBIR  a los CENTROS DE MEDIACION PRIVADOS  y/o INSTITUCIONALES en donde desempeñaran sus funciones, en el REGISTRO respectivo,  desde el día 24 de Agosto y hasta el 11 de Septiembre inclusive en el horario de 09:00 a 13:00 en la sede de la misma sita en calle Santiago del Estero Nº 2291, 1º Piso, Ciudad de Salta,  mediante la presentación de una nota solicitando la habilitación y acompañada de un croquis (a mano alzada) con las medidas aproximadas de la sala de audiencia, de la sala de espera y mobiliario con que cuenta.
Deberá  consignar el domicilio donde funcionará el Centro y un teléfono donde se acordará la fecha y hora de la visita que efectuará personal de ésta Secretaría para la inspección pertinente, debiendo acreditar posteriormente los demás recaudos que por Resolución Ministerial se establezcan y que están a su disposición para consulta e información en el link descarga que se encuentra debajo.

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Fuente: Secretaría de Prensa

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