Controles de pesca en el río Juramento y recomendaciones
Gobernación Noticias de Salta 04/01/2011 11:53Del 27 al 30 diciembre personal técnico del programa de Biodiversidad realizó inspecciones en el río Juramento, dique compensador Miraflores, río Medina y dique El Tunal: en estos tramos se secuestraron 5 redes de pesca tipo pollera que están prohibidos por ley
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable continúa los controles a pescadores en época de veda. Del 27 al 30 diciembre personal técnico del programa de Biodiversidad realizó inspecciones en el río Juramento, dique compensador Miraflores, río Medina y dique El Tunal: en estos tramos se secuestraron 5 redes de pesca tipo pollera que están prohibidos por ley.
El organismo recordó que actualmente se encuentra vedada la pesca en:
• Dique El Tunal, hasta el 23 de febrero de 2011.
• Río Juramento y sus afluentes, río Medina y sus afluentes hasta el 9 de marzo de 2011.
• Ríos Dorado, Del Valle, Seco y sus afluentes hasta el 2 de febrero de 2011.
• Ríos Lipeo, Bermejo y sus afluentes, Pescado, Pilcomayo y sus afluentes: la pesca está prohibida hasta el 9 de febrero de 2011.
• Otros ríos: hasta el 2 de febrero de 2011.
En cuanto a los diques se recordó que se encuentra permitida la pesca en:
• Cabra Corral, hasta el 27 de febrero de 2011.
• Las Lomitas y Campo Alegre: enero y febrero de 2011.
Algunos conceptos
La pesca deportiva es definida por la Ley 5513 como el arte lícito y recreativo de capturar y extraer animales acuáticos, sin fines de lucro. Es regulada anualmente mediante una Resolución Ministerial. Actualmente está en vigencia la resolución 063/10, que fija los artes de pesca permitidos, las especies, cantidad y largo total que se pueden extraer, también se determinan las zonas de reserva (donde no se puede pescar) y las zonas y épocas de veda.
Para la realización de esta actividad debe obtenerse un carnet anual de pesca o permisos semanales o diarios. Se pueden adquirir en la Tesorería del Ministerio (Balcarce 388) o en los comercios y municipios habilitados por convenio con el Ministerio, este Registro está regulado por la resolución 071/02.
La resolución 023/10 fija los precios de las licencias de pesca deportiva.
La pesca de subsistencia está regulada en el marco del inciso b del artículo 83 de la Ley 7070 que exime de las prohibiciones previstas sobre especies y vedas a los pueblos originarios de las zonas para los cuales la pesca es una práctica de subsistencia, mientras esta no atente a la sustentabilidad de las especies, especifica el decreto reglamentario.
La figura de esta modalidad de pesca está reglamentada por la resolución 162/09 y en la actualidad se ha regulado la actividad para la Asociación de Pescadores Indígenas del Rio Bermejo (APIRB) de Embarcación, para pescadores del Consejo de Organizaciones Wichi (COW) también de Embarcación y para los pescadores de la comunidad indígena de El Galpón “Samuel canalejas”.
Guías de pesca: el organismo habilita a personas a realizar la actividad de acompañamiento y adiestramiento en artes de pesca de acuerdo a la reglamentación vigente en los distintos ambientes de la provincia. La figura fue creada mediante resolución 875/05 y el Registro mediante resolución 155/06.
La caza deportiva se encuentra actualmente prohibida hasta la nueva reglamentación que se emitirá en marzo de 2011. Además se recordó a la comunidad y a quienes visitan la provincia, lo que exige la reglamentación vigente: los controles vinculados a la fauna y flora son realizados por inspectores propios del programa de Biodiversidad (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Salta), la Policía Provincial, División Protección del Medio Ambiente, Policía Lacustre y Pluvial, Gendarmería, Aduana, Policía Aeroportuaria.
Las personas deben contar siempre con la autorización correspondiente a la actividad que está realizando y de acuerdo a la reglamentación vigente, a saber:
• Carnet de pesca deportiva.
• Carnet de pescador de subsistencia.
• Carnet de caza deportiva.
• Resolución de habilitación, en caso de comercios.
• La hoja de ruta autoriza el tránsito dentro de la provincia de Salta, permite pasar por la provincia de Jujuy dada la conectividad de las rutas.
• Guía de origen: productos de criadero o de aprovechamientos autorizados.
• Guía de legítima tenencia: comercios que traen ejemplares o productos o subproductos de especies permitidas en otras provincias. Productos de criaderos o aprovechamientos autorizados.
• Guía de tránsito: autorizan el tránsito fuera de la Provincia de Salta pero siempre dentro de territorio nacional.
Fuente: Secretaría de Prensa