Bienvenidos al micrositio de la Secretaría de Prensa y Comunicación


Noticias, Partes de Prensa, Discursos, Agenda, Fotos y Videos del Gobierno de la Provincia de Salta.

Buscar

Apoyo del Colegio de Veterinarios contra la venta de animales silvestres

Gobernación Noticias de Salta 21/09/2010 11:00

La resolución 599/07 dispone que los comerciantes de fauna silvestre deberán inscribirse en forma obligatoria en el registro habilitado para tal fin, en el programa de Biodiversidad dependiente de este ministerio.

Apoyo del Colegio de Veterinarios contra la venta de animales silvestres

Foto ilustrativa.

El Colegio de Veterinarios apoya al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable en su lucha contra la comercialización de animales silvestres. El organismo recordó que se encuentra vigente la resolución 599/07 dispone que los comerciantes de fauna silvestre deberán inscribirse en forma obligatoria en el registro habilitado para tal fin, en el programa de Biodiversidad dependiente de este ministerio.
 
Por este tema se reunieron el coordinador general del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Emiliano Venier, con el presidente del Colegio de Veterinarios, Sergio Monge. Durante el encuentro, se trató la firma de un convenio marco de cooperación mutua con miras a realizar una serie de actividades relacionadas con la comercialización de animales silvestres y la prevención del mascotismo en estas especies.
 
Además se dialogó sobre la importancia de instruir a los asociados del Colegio de Veterinarios para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de fauna silvestre, a los fines de evitar el tráfico y comercio ilegal. “La colaboración de estos profesionales en la lucha contra el mascotismo, es indispensable. Como observó el Ministro en otras oportunidades, solos no podemos, debemos actuar toda la comunidad, con todas sus instituciones”, aseguró Venier.
 
Inscripción para comerciantes de fauna
Personas comprendidas:
Comerciantes de fauna, todas aquellas personas físicas o jurídicas que realizan actividades comerciales, temporales o permanentes, con ejemplares  vivos y/o con productos y subproductos de la fauna silvestre.
Acopiadores, personas físicas que compran aves vivas y productos (cueros, carne) de animales de la fauna silvestre.
Veterinarias y Afines, comercios que venden animales vivos de la fauna silvestre.
 
Comprende también a los comercios que fabrican y comercializan productos y subproductos de la fauna silvestre, tanto de esta provincia como los que ingresan de otras jurisdicciones, como comerciantes de fauna silvestre.
 
Requisitos:
  
-       Nombre y apellido de la persona física o jurídica con la documentación correspondiente, documento de identidad, en el caso de personas físicas  o personería jurídica vigente para el caso de las personas jurídicas.
-       Solicitud de inscripción en el registro.
-       Declaración de especies, productos y subproductos a comercializar.
-       Presentación del recibo de pago de Tasa de Fiscalización y Control.
 
Además de estos requisitos, los comerciantes de fauna, veterinarias y afines, deberán presentar:
 
-       Fotocopia de la habilitación municipal.
-       Nombre, apellido y domicilio  del propietario y responsable del comercio con fotocopia de la documentación respectiva.
-       Constancia de inscripción en AFIP.
 
La trasgresión a la resolución 599/07 será causal de cancelación para la habilitación para comercializar, sin perjuicio de las acciones administrativas, contravencionales y/o penales que correspondieren conforme lo dispuesto por las leyes 7070 de protección al medio Ambiente y 5513 de protección de la Fauna Silvestre.
 
La documentación deberá presentarse en el Programa de Biodiversidad, Zuviría 744, de lunes a viernes, en el horario de 8 a 14. 0387 – 4214187 int.101.


Fuente: Secretaría de Prensa

Avisos de Interés